TODA PERSONA QUE DESEE SALIR DEL PAÍS DEBERÁ PRESENTAR LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS VÁLIDOS DE VIAJE PARA REALIZAR LOS TRÁMITES MIGRATORIOS:
>> Documentos de viaje de los estados partes del MERCOSUR y estados asociados (MERCOSUR/CMC/DEC. 18/08)
Argentinos con destino países miembros o asociados del MERCOSUR: (Uruguay, Paraguay, Brasil, Chile, Bolivia, Ecuador, Venezuela, Colombia, Perú)
- Documentos válidos de viaje
Deberá presentar alguno de los siguientes documentos:
- Documento Nacional de Identidad (*).
· Pasaporte.
· Cédula de Identidad MERCOSUR expedida por la Policía Federal (utilización válida hasta su respectivo vencimiento).
· Cédula de Identidad Provincial, expedida por los Gobiernos Provinciales (para Bolivia, Chile y Foz do Iguaçú (según Acuerdo sobre Facilitación Turística).
(*)Observaciones:
Cualquiera sea el documento que presente, deberá estar en buen estado de conservación.
Tanto mayores como menores de edad no podrán viajar con la constancia de trámite del DNI o Cédulas de Identidad ya vencidas.
FUENTE: https://www.argentina.gob.ar/interior/asuntos-tecnicos-de-fronteras/informacion-tramites-en-frontera
Documentos válidos de viaje:
- Documento Nacional de Identidad.
- Pasaporte.
Nota: La Cédula de Identidad expedida por la Policía Federal Argentina, la Libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica y la Cédula de Identidad Provincial expedida por los Gobiernos Provinciales, sólo son válidas para visitar el Corredor Turístico Iguazu – Foz do Iguazú, según Acuerdo sobre Facilitación Turística, Brasilia, 18/11/09, que entró en vigor el 18/12/09.
*Observaciones:
a) Cualquiera sea el documento que presente, deberá estar en buen estado de conservación e identificar a su titular.
- b)Desde el 12 de noviembre de 2012, en los términos de la Ley N° 26.774, se modificó la edad requerida para la realización del trámite de actualización de mayor, debiéndose realizar a partir de cumplir el ciudadano los 14 años de edad.
Nota:
- Como medida extraordinaria y por el término de un año desde la entrada en vigencia de la mencionada ley, la actualización de mayor se podrá efectuar a partir de los 14 años hasta el día en que el ciudadano cumpla los 17 años de edad, sin multas ni penalidades.
Luego de este período de transición, la actualización deberá efectuarse desde los 14 años hasta el día en que el ciudadano cumpla los 15 años de edad. - Se mantienen los requisitos e instrucciones vigentes para los trámites de Actualización de mayor, pudiendo el menor concurrir solo, sin necesidad de estar acompañado por alguno de sus padres para la realización de este trámite.
- c)Tanto mayores como menores de edad no podrán viajar con constancias de trámite de Actualización de DNI o Pasaportes.
- d)Tampoco podrán egresar del Territorio Nacional todos aquellos que posean las Cédulas de Identidad, expedidas por la Policía Federal Argentina.
FUENTE: https://www.argentina.gob.ar/interior/migraciones/argentinos-con-destino-paises-mercosur
Requisitos de entrada y salida al/del territorio nacional
INGRESO AL PAÍS:
Debés presentarte con el documento de viaje válido y en caso de ingresar por aeropuerto, tenés que recordar el número de vuelo en el que arribaste. Además, si ingresás en condición de turista, deberás declarar el domicilio donde te vas a hospedar.
SALIDA DEL PAÍS:
Tenés que presentarte con el documento de viaje válido y si lo hacés por aeropuerto, debés acompañar con la tarjeta de embarque. En caso de haber ingresado en condición de turista, deberás presentar en tu salida el comprobante de ingreso con el sello correspondiente (si usaste el Pasaporte, es suficiente con el sello en el mismo).
FUENTE: http://www.migraciones.gov.ar/site_docs/indexDoc.php?ext_requisitos
Procedimiento para salir del país con menores de 18 años
-Si el menor viaja con ambos padres bastará con que acrediten el vínculo mediante Libreta Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado de Nacimiento (sin importar la fecha de su emisión) o DNI del menor, en donde consten los datos filiatorios de los padres.
-Si el menor viaja sólo con uno de sus padres, además de demostrar la relación parental con alguno de los documentos citados, deberá acompañar la autorización del padre/madre ausente.
-Si el menor viaja solo, deberá presentar una autorización firmada por ambos padres acompañada de algún documento que acredite el vínculo (Libreta Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado de nacimiento o DNI en donde consten los datos filiatorios de los padres).
-Si es hijo de menores, necesitará la autorización de los padres y el permiso de uno de sus abuelos.
Observaciones: toda esta documentación deberá ser presentada en original o copias debidamente legalizadas o certificadas.
AUTORIZACIÓN DE MENORES:
Las autorizaciones pueden ser otorgadas por: Las autorizaciones pueden ser otorgadas por: escribanos, cónsules argentinos en el exterior, jueces competentes, autoridades del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, cónsules extranjeros en la Argentina y jueces de paz.
Autorización de validez única: Migraciones cuenta con un servicio de urgencia para el otorgamiento de la autorización que tiene validez por un sólo viaje y debe ser utilizada dentro de los 30 días de su emisión. Puede tramitarse en todas las delegaciones, oficinas migratorias, en el paso fronterizo donde se pretenda egresar, en el Aeropuerto de Ezeiza, Aeroparque y Puerto de Buenos Aires.
FUENTE: http://www.migraciones.gov.ar/site_docs/indexDoc.php?arg_menores